PENSIÓN POR FALLECIMIENTO
- Ser familiar directo del afiliado fallecido: cónyuge, hijos o algunos de los familiares enumerado en el artículo 86 de la Ley 7675.
- Caso de fallecimiento del afiliado activo: Pago de aportes ordinarios vencidos hasta la fecha de presentación.
- Formulario de solicitud (Formulario B).
- Fotocopia del documento de identidad del causante y solicitantes.
- Si el solicitante es:
- Cónyuge supérstite: acta de nacimiento y acta de matrimonio o copia certificada de las mismas.
- Conviviente: Certificado de convivencia y/o actuación judicial sumaria.
- Hijos: acta de nacimiento o copia certificada de cada uno. Si los hijos son mayores de 18 años de edad, deberán presentar adicionalmente certificado de estudios emitido por la Dirección del establecimiento educativo respectivo.
- Constancia de CBU de Caja de ahorro. En caso de no poseer cuenta se procederá a tramitar la apertura de una.
Condición del causante | Cantidad de Beneficiario | Pensión. |
Activo | 75 U.P. | |
Pasivo (Jub. Ord.) | Un Beneficiario | 70% del Haber |
+ un beneficiario | 75% del Haber | |
Pasivo (Jub Ext.) | Un Beneficiario | 93,33 % del Haber |
+ un beneficiario | 100 % Haber |
- Para la determinación del haber se tendrá en cuenta los años de ejercicio profesional, los años de aporte a la Caja y la edad del afiliado. En tal sentido el haber será total o parcial.
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